-Se me plantea una duda en cuanto a lo dispuesto en la DT tercera, que trata de los planes. Evidentemente, el Borrador y el documento inicial estratégico se hacen con la LOUA, y tiene documento de alcance, por lo que se encuentra iniciado y es de aplicación esta DT. Dice esta DT que podrá continuar su tramitación conforme a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias...La duda es que creo que, si tuviera una coma después de la expresión "las reglas de ordenación" estaría clarísimo: la tramitación sería conforme a las reglas de ordenación, las reglas del procedimiento y el régimen de competencias.. Pero al faltar esa coma... ¿las reglas de ordenación serían las de la LOUA? ¿Hablamos de ordenación estructural y pormenorizada (art. 10)? ¿O hay que tratar ya de de los tipos de ordenación de la LISTA y modificar completamente el documento?
-Sigues con la LOUA hasta el final. Como si no existiese la LISTA. Pero tienes la opción también de dejar el "lado oscuro" y pasarte a la LISTA...
-El punto 2 de dicha DT 3ª, advierte de que podrá pasarse a LISTA "siempre que se puedan conservar los informes, pronunciamientos sectoriales y actuaciones del órgano ambiental, por no ver afectado su contenido"...¿Hay experiencia al respecto? ¿La Cª de Desarrollo Sostenible está favoreciendo esa conservación de esos trámites de EAE y sus documentos, informes etc...?
-Como comenté, nosotros estamos en esa situación, pero el problema está en que siguen contando los plazos para la declaración ambiental estratégica, y sin reglamento aprobado no podemos continuar con la tramitación del PBOM. En nuestro caso, planteamos volver a enviar DIE y Avance adaptado a LISTA para reiniciar el cómputo de los 15 meses, y parece ser que lo van a admitir, pero no tengo claro si se considerará como un nuevo planeamiento o como la convalidación del ya presentado
-Y al hilo de lo que comentas, si el Plan sigue con la tramitación de la LOUA (por encontrarse ya muy avanzada), ¿podría adaptar los contenidos a la LISTA?
-¿Tú puedes soplar y sorber?
-No me refiero a cambiar la ordenación, sino de adaptarla al nuevo régimen, que es de aplicación "integra, inmediata y directa"
-Buena apreciación lo de beber y sorber, pues la LISTA tiene más de cien referencias a criterios según desarrollo reglamentario, que está pendiente; por lo que no puedes adaptarte a algo aún indefinido. Si se ha iniciado por la LOUA, mejor sería seguir por ella, antes que adentrarse en un territorio incierto, aunque "luminoso", de la LISTA; tal que, así, te podrías achicharrar. La LOUA pecaba de excesivo detalle, además de carecer del Reglamento de Planeamiento, veinte veces prometido, pero que nunca salió; pero la LISTA se ha ido a tal extremo de expresar criterios simples, reservando múltiples detalles, supuestos y modulación al Reglamento, que ya se verán. El aserto de que, en el término medio está la virtud, podría haber sido más prudente; pero ya p....s.
-En mi municipio estabamos en esa tesitura, y hemos decidido pasarnos a la LISTA. El problema radica en que el contador de los 15 meses de la EAE desde la emisión del Documento de Alcance está corriendo. Se ha propuesto hacer un nuevo DIE y Avance con los mismos contenidos que el anterior pero adaptando a la "nomenclatura" de la LISTA. La convocatoria de elecciones ahora demorará aún más la tramitación, al no haber Reglamento
-Supongo que te refieres a un Avance de un PGOM, no?
-Y antes de eso consulta pública previa..
1 comentario:
El plazo de los 15 meses para solicitar la DAE no caduca automáticamente a los 15 meses, sino que se tiene que producir una declaración expresa de caducidad por Medio Ambiente, tal y como ha sido reconocido ya en algún caso...
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