A-En nuestro Ayuntamiento actualmente está en vigor el Plan General de Ordenación Urbana conforme a la LOUA.
Si bien se pretende sustituir por un Plan Básico de Ordenación Municipal en los proximos años, (artículo 65 de la LISTA), un vecino de la localidad está interesado en que se agilice esta sustitución del instrumento de ordenación por ser más ventajoso o más ágil para el desarrollo del ámbito de sus parcelas, incluso haciéndose cargo, a su costa, de la redacción de toda la documentación necesaria.
Analizado el artículo 98 del Reglamento de la LISTA, nos surge la duda sobre la viabilidad de la tramitación del procedimiento de redacción de un Plan Básico de Ordenación Municipal a inciativa particular, ya que en el apartado 3 de éste artículo, no se especifica tal caso, pero tampoco se prohibe.
Conforme a lo anterior, ¿Es posible la iniciativa privada en la redacción de Un Plan Básico de Ordenación Municipal?