[332] Autorización ambiental unificada para proyectos de urbanización

-Habéis visto el nuevo epígrafe 7.14 del anexo 1 de la Ley GICA, introducido por el Decreto Ley 26/21? Echadle un ojo
-Se reducen los proyectos de urbanización sometidos a Autorización Ambiental Unificada. Han dejado de estar sometidos los que derivan de instrumentos de planeamiento urbanístico no sometidos a evaluación ambiental, los que ocupen una superficie igual o superior a 10 hectáreas, entre otros. A eso te refieres?
-Ahora con la nueva clasificación de suelo de la LISTA, el suelo es rustico o urbano. Por tanto, con esa nueva redacción del epígrafe 7.14 todos los proyectos de urbanización de desarrollos urbanísticos son en suelo rústico y hay que hacer AAU
-También hay proyectos de urbanización en suelo urbano.

[331] Suelos no urbanizables de especial protección

-hasta donde llega la consideración del Art. 14.1.a sobre la categoría de suelo rústico de especial protección por legislacion sectorial, cuando dice que integra "los terrenos que tengan establecido por las leyes del dominio público un régimen sobre usos del suelo de demande para su integridad su clasificación como tal". Cuando veo la ley de carreteras con varias zonas " De afección" gradual, hasta donde llega ese régimen protector?
-en cuanto al Suelo Rustico de especial protección será el q en la ley sectorial determine expresamente q debe clasificarse como rústico (o no urbanizable) o ello se derive de la protección q se establezca (hablando en plata el q la Administración sectorial te diga q debes clasificar como tal)
-Eso me temía
-Lo cual, por cierto, crea inseguridad jurídica en cuanto a las equivalencias respecto al planeamiento vigente

[330] Legalización y asimilación a fuera de ordenación de distintas edificaciones dentro de la misma parcela

-En la tramitación de un AFO de varias construcciones en una misma parcela se detecta que parte de ellas (almacén y piscina) no cuentan con Licencia, no ha pasado el plazo de Seis años y no son legalizables. El resto de las construcciones (vivienda y garaje) poseen una antigüedad superior a Seis años y pueden ser declaradas AFO. Mi duda es: Se puede seguir con la tramitación del AFO de la vivienda y garaje, con independencia de la apertura de expediente para la reposición de la legalidad urbanística?
-Yo entiendo que hay que abrir expediente disciplinario, y de la resolución del mismo tendrás el resultado de cómo actuar, puesto que has detectado obras no prescritas en una parcela....mi humilde opinión
-Resolución demolición y/o legalizacion e instar a la declaración AFO
-En principio si se puede individualizar e identificar la edificación susceptible de estar en AFO ( y se trata de edificaciones independientes) yo creo q es posible tramitar el AFO ( como decía la guía de la Junta: q, recuerdo , señaló la posibilidad de declaración parcial de AFO y de AFO de edificaciones dentro o junto a agrupaciones de edificaciones)
-Yo he informado esa situación que comentas. He legalizado, porque no había transcurrido el plazo, hemos demolido y hemos declarado AFO, cada construcción, edificio o instalación, según su antigüedad, todo dentro del procedimiento de legalidad urbanistica   



[329] Obtención de las coordenadas UTM a partir de archivos GML

-¿como estais obteniendo las coordenadas UTM a partir de Archivo GML?
-he encontrado este enlace https://www.gmlweb.com/
-no lo veo como herramienta oficial y la Pagina de Catastro no define un proceso claro (complemento de autocad dwg)
-En el apartado de Herramientas GIS
-gracias
-Yo me bajó la cartografía del catastro en dxf y de ahí saco las coordenadas con erramienta de cad
-El catastro tiene errores, a veces perjudicando dominio público, por si tuviera que tenerse en cuenta a la hora de dictar un acto administrativo sin al menos advertirlo, pues corregirlo ya es otra historia....
-Yo superpongo el dxf del catastro sobre el PGOU y compruebo si la parcela catastral afecta a dominio publico
-Yo uso aplicaciones GIS (Qgis que es de libre distribución) inserto cartográfica del PGOU en DXF, tb GML e incluso imágenes raster, GOOGLE MAPS...... etc
-utilizamos Qgis. Tal y como se ha puesto de manifiesto anteriormente hay que tener especial cuidado con las coordenadas que se extraen directamente de Catastro pues en muchos casos está desplazado o girado, es decir, con errores de posicionamiento global, con lo que no se estaría cumpliendo con el "debidamente georreferenciado"
-Yo inlcuyo el gml en enlace y tomo de ahi las coordenadas para contemplarla en el informe.

[328] Los estudios de detalle con la nueva ley

-Con la nueva redacción en la Ley Lista sobre el objeto de los Estudio de Detalle consideráis posible el reajuste de viario en suelo urbano que lleva aparejado necesariamente cambio de calificación (uso)
-Pues me temo que no hay consenso respecto a este asunto…
-Me lo temía
-Ante la duda eleva la consulta.
-Eso voy a hacer.
-Comparte la respuesta, será de gran interés.