[117] OBLIGACION DEL INFORME TECNICO

-Hasta donde llega la obligatoriedad que tenemos los técnicos municipales de informar todo lo que nos ponen por delante. 
Concretamente, tendríamos que meternos a informar el proyecto de un edificio cuyo suelo no cumple urbanísticamente, aunque nuestro informe sea desfavorable?. Tendríamos que entrar en informar si cumple accesibilidad, incendio, a pesar de que al final va a ser desfavorable por no cumplir el suelo las condiciones urbanísticas? 
-El informe es obligatorio, porque para eso se es técnico. Ahora, debes incluir toda cuestión que estimes de interés y sobre todo las que salvaguarden cualquier tipo de responsabilidad tuya y de los que resuelvan el expediente...

[116] ACTUACIONES ADMISIBLES EN AREAS DE OPORTUNIDAD

-Parcela de suelo no urbanizable de carácter natural por nuestro PGOU y perteneciente a un área de oportunidad enclave turístico para la implantación mediante plan especial de establecimiento hotelero. ¿Consideraríais viable la implantación de placas fotovoltaicas para energía eléctrica siendo un uso autorizable en el suelo de carácter natural?
-Tendrías q ver si es autoriza le conforme al POT q es el q establece el área de oportunidad, instrumento superior al pgou
-En mi municipio, la Junta denegó un proyecto de actuación, recogido expresamente en el PGOU hasta que no se desarrollara el área de oportunidad 
-Sería un informe desfavorable, no?
-Exacto

[115] DECRETO-LEY 3/2019, DE 24 DE SEPTIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA ADECUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL DE LAS EDIFICACIONES IRREGULARES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

TEXTO DEL DECRETO-LEY 3/2019 PUBLICADO EN EL BOJA
TEXTO PARA APROBACION DEL DECRETO-LEY 3/2019
EL PAÍS. Andalucía da vía libre para legalizar 327.000 viviendas irregulares

[114] PROYECTOS DE ACTUACION EN SUELOS MUNICIPALES

-Un terreno rustico de propiedad municipal es alquilado por una empresa privada para desarrollar una actividad afecta a la tramitacion de un proyecto de actuacion. ¿Podria eximiese a la empresa del pago de la prestacion compensatoria y la garantia entendiendose que lo que se construya en la finca aumentara el valor de la misma que es de titularidad municipal?

[113] CONSTRUCCIÓN DE UN PARQUE DE BOMBEROS EN SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO SIN PLAN PARCIAL APROBADO

-Planteo una consulta sobre la posibilidad de construir un equipamiento (concretamente un Parque de Bomberos) en suelo urbanizable sectorizado antes de la aprobación definitiva de la ordenación pormenorizada. El artículo 53.1 de la LOUA establece que:
"Mientras no cuenten con ordenación pormenorizada, en los terrenos de suelo urbanizable no sectorizado y urbanizable sectorizado sólo podrán autorizarse las construcciones, obras e instalaciones correspondientes a infraestructuras y servicios públicos y las de naturaleza provisional reguladas en el apartado 3 del artículo anterior".
A la vista del artículo citado ¿Podría ejecutarse ese equipamiento por entender que se encuentra dentro de las obras autorizables, en esa clase de suelo, antes de la aprobación definitiva del Plan Parcial?

[112] LEGALIZACION DE OBRAS RECIENTES EN EDIFICACIONES FUERA DE ORDENACION ANTERIORES A 1975

-Os comento un caso de mi municipio en suelo no urbanizable de especial protección, según nuestras NNSS del año 83, a ver qué opináis.
Una venta de carretera de toda la vida con licencia de apertura del año 69. En el transcurso de los años se ha ido ampliando sin licencia para hostal, tanto en altura cómo con otras edificaciones. 
Recientemente se le ha levantado un acta de inspección por obras sin licencia, consistentes estás en la reforma interior del bar, en la parte correspondiente a la antigua venta. La cuestión es la siguiente: se podrían legalizar esas obras entendiéndose la antigua venta como fuera de ordenación por ser anterior al 75?

[111] PROYECTOS DE ACTUACION EN ACTIVIDADES PECUARIAS INTENSIVAS

-¿Una explotación pecuaria intensiva en suelo no urbanizable sería objeto de proyecto de actuación? 
-En Pulpí si lo pedimos
-Yo entiendo que no es necesario
-En Villalba también, recientemente me ha llegado un informe de ordenación del Territorio que pedía expresa aclaración sobre si una explotación caprina era extensiva o intensiva...entendiendo que si era extensiva no era necesaria la tramitación de proyecto de actuación
-Nosotros no tenemos duda. Si es intensiva si es necesario Proyecto de Actuación
-Nosotros en Arahal pensamos igual
-En Marchena también lo pedimos
-¿Por qué consideráis necesario para la instalación de una actuación ganadera intensiva, declararla de interés público y social, así como justificar su instalación en suelo no urbanizable? ¿En qué otro tipo de suelo podríamos emplazar este tipo de actividades ganaderas? ¿En el industrial? La actividad ganadera, siempre que cumpla su normativa sectorial, ¿no es un derecho de la propiedad del suelo, contenido en el art. 50.B.a) de la LOUA?

[110] CONSTRUCCIONES EN SUELOS INUNDABLES

-El agua no entiende de términos municipales. Las especiales protecciones hídricas deberían tener carácter exclusivamente supramunicipal mediante planificación autonómica o estatal según los ámbitos de las cuencas y no quedarse en los informes sectoriales de los PGOUs.

[109] DESLINDES DE CAMINOS

-Estamos tramitando un deslinde de un camino municipal ¿tenéis algún informe técnico que me pueda servir como guía? Alguna memoria de deslinde que me sirva de ejemplo

[108] PLANES DE INSPECCIÓN URBANISTICA

-La disciplina urbanística en Andalucia sobre todo en el suelo no urbanizable debería estás sustentada en eficaces planes municipales de inspección, coordinados con la Comunidad Autónoma y con el empleo de tecnologías GIS con soportes cartográficos digitales adecuados.

[107] ORDENANZAS DE EDIFICACION

-Os planteo una duda sobre el carácter de "ordenanza" o bien de "planeamiento" del contenido de unas NNSS relativo a los art. 23, 24 y 25 de la LOUA, de cara fundamentalmente al procedimiento de modificación. El caso concreto son unas NNSS anteriores a la LOUA (luego adaptadas), donde el "Tomo Ordenanzas de Edificación y Urbanización" recoge (como creo que es habitual en NNSS de los años 90) determinaciones netamente de planeamiento (y por tanto fuera del ámbito entiendo yo del art 24), y otras de aspectos estéticos y otras determinaciones (que sí podrían caber en la definición del art 24 de la LOUA). ¿Alguna experiencia de alterar estas determinaciones "menores" (es decir las que caben en el Art. 24) en que se haya tramitado vía art.25, es decir sin modificación de plan?. Mi opinión es a día de hoy que es modificación de planeamiento, pero desconozco si hay antecedentes de realizarlo simplemente vía ordenanza.

[106] INSCRIPCION DE SEGREGACIONES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

-Que documentación juridica teneis en cuenta para informar una segregación en rústico. Yo siempre me baso en la referencia catastral, el problema actual surge porque la finca fue segregada hace dos años, y aunque tenemos las escrituras todavía catastro no la ha actualizado. Una de ellas se necesita volver a segregar. ¿El hecho de que no esté recogida en catastro la primera segregación puede afectar a la segunda (la solicitud catastral y el gml si se han realizado, así como los correspondientes proyectos de segregación).? ¿O en este caso, al tener las escrituras puedo informar sin que catastro esté actualizado?

[105] VISADO DE OBRAS DE REPARACION DE SISTEMA DE RIEGO

-Una proyecto de gran reparación del sistema de riego y canalización a instancias de una comunidad de regantes hay algo que exima de la exigencia de visado colegial obligatorio? 
-Yo lo considero un proyecto de ejecución, y requiero el visado
-Yo he informado uno hace poco, y si las obras están declaradas y publicadas en el BOE como obra de interés general, no están sujetas ni siquiera a licencia, por el art. 127.1 del RDL 1/2001 texto refundido de la Ley de Aguas...
-No es el caso
-Mi caso era obra de interés general. Entiendo entonces en este caso que debería visarse como proyecto de ejecución que es.
-Yo lo entiendo así también aunque el ingeniero agrónomo me decía que no
-Yo entiendo que no está incluido entre los obligatorios que establece el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio

[104] JUNTAS DE COMPENSACION SIN PLANEAMIENTO APROBADO

-Hay municipios que aprueban la constitución de juntas de compensación antes de tener el planeamiento de desarrollo definitivamente aprobado. ¿Qué opináis?