-Suelo no urbanizable común. Antigüedad mayor de 6 años. ¿Se pueden hacer dos AFOs para segregar la finca de 1500 m²registrales y catastrales? Son dos viviendas independientes.
-Yo entiendo que sí , Art. 185.2.A) y 183.3.a) LOUA
-Segregar? No lo veo...
El 183.3 refiere los casos de reparcelación forzosa cuando se esté en plazo PLU, salvo que se reconozcan AFO, pero no parece q ello abra la puerta a actos de segregación por mera prescripción.
El 185.2 lo q habilita es la prescripción de las parcelaciones q cuenten con edificación fuera del plazo de restablecimiento.
No creo que dichas circunstancias amplíen la esfera de actuaciones en esos inmuebles, más allá de lo que produce la Declaración AFO.
Como lo veis?