[440] Previo otorgamiento de la licencia de actividad a la licencia de obras

-Quisiera entender cómo se trata, a día de hoy, la tradicional aplicación del art. 22.3 del RS Corporaciones Locales, que ha venido exigiendo la previa licencia de actividad a la de obras, evitando con ello contradicciones posteriores q pudieran ser objeto de responsabilidad patrimonial.
Dicho art. 22.3 exige la no concesion de permisos de obra a establecimientos de características determinadas que requieran apertura.
La cuestión es: Creeis que con la regulación actual de la licencia urbanistica, desdoblada en la posibilidad de licencia con el Básico y la posterior obra con el de Ejecución, sería posible otorgar licencia al Proyecto Básico y condicionar el inicio de la ejecución a la obtención de la licencia de actividad?
Lo planteo porque el RSCL hace referencia a "no otorgar permiso de obra"...
Es decir, subvertir la actividad a una fase posterior tras obtener licencia urbanística de "viabilidad", pero sin poder ejecutar obras hasta superado el trámite ambiental.
-Si en el básico se establece el uso que ha de ser autorizado específicamente, no se puede dar licencia sin la aprobacion del uso
-Entonces, estamos como siempre, no'
-Efectivamente
-Me lo temía. Quizás esto merezca una reflexión para agilizar tramites, teniendo en cuenta q muchos que piden licencia con el Básico, es para poder avanzar cuestiones de viabilidad económica y/o financiacion
-Nosotros tenemos recogido en ordenanza que con la presentacion de una dr, el promotor asume las consecuencias de iniciar obras sin el procedimiento ambiental concluido.
-Dudo que sea posible
-El 17.2 GICA habla de licencia de funcionamiento, no de licencia de obra.
-la limitación con la licencia urbanística viene regulada en el 22.3 del Reglamento de Servicios Corporaciones Locales, nada menos q del año 55
-Entiendo que de la literalidad del RSCL sólo afecta a obras que necesiten licencia, no a las que se puedan hacer por declaración responsable. De todas formas para el caso de las licencias hace años vi sentencias que permitían las obras si el promotor declaraba o conocía expresamente el riesgo que asumía, no sé si seré capaz de encontrarlas, o si me estoy acordando correctamente. Y además, muchas licencias de actividades van por DR, por lo que el artículo del RSCL tiene cada vez menos aplicación. En mi opinión es un artículo paternalista.
-Así es Porq si no se trataba de la pescadilla q se muerde la cola: no es posible otorgar licencias de obra sin la de apertura ni licencia de apertura sin la de obras necesarias para dicha apertura o actividad
-Según nuestra ordenanza, xa presentar la DR de actividad el local tiene que contar con L. Utilización. Así k es imposible condicionar la L. obra a la L. apertura. Lo que sí se está haciendo es condicionarla a la C. Ambiental. Cosa que últimamente estamos poniendo en crisis… y me gustaría saber si realmente hay que condicionar la L. obra a la CA. Es decir, es evidente que el art 23 RSCL es incongruente con las norma actual en cuanto a licencias/DR. ¿Hasta qué punto hay que seguir aplicándolo?
-el supuesto que planteé es para licencia urbanística de obra nueva donde aparezca un establecimiento con uso determinado. En ese caso, parece que no hay mucho margen.
Cuando se trata de adecuación de locales, la cuestión oscilaría, desde mi punto de vista, entre la inexigencia de licencia de las obras de adecuación interior conforme a la Ley 12/2012, a la previa licencia de actividad la urbanística, cuando las obras necesarias excedan lo regulado en la ley anterior, por aplicación del 22.3 RSCL.
-Se podría conceder licencia de obras para un uso definido (por ejemplo comercial) pero sin actividad asignada, y posteriormente se tramita la actividad.
-Por eso refiere lo de "establecimiento" con actividad "determinada", y evidentemente que no sea inocua, sino clasificada
-Por eso para agilizar trámite, se puede conceder licencia para local comercial sin actividad asignada, y mientras se está ejecutando el inmueble se presenta la adecuación a la actividad, que se tramita a la misma vez que se ejecuta.
-Claro. Así es. Un local no es aún un "establecimiento"

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