[123] REDACCION DE UN PLAN ESPECIAL DEL DECRETO 3/2019

-¿Pueden un equipo técnico externo representante de un grupo de parcelistas presentar un plan especial según el decreto 3/2019 al ayuntamiento para su tramitación? 
-Si, sin duda
-Presentarlo sí. La tramitación no se debe ver afectada pOr la procedencia del documento. Entiendo que será lo normal...
-El DL dice que no...art. 14.1. Sólo el Ayuntamiento
-En la jornada distinguieron formulación de redacción, aseverando que sí pueden redactarlo los interesados. En referencia al art. 14
-Es logico
-Lo es, pero también es cierto que la redacción de mismo podía dar lugar a confusión. 
-La palabra “formular” no viene en el DLE, así que puede interpretarse.
-El Ayuntamiento siempre fórmula en este caso, de oficio o a instancias de los propietarios.
-Creo que sí viene, pero es similar al término redactar, y de ahí la confusión. Podrían haberse ahorrado lo de formulación y hubiese quedado más claro.
-Yo pienso que el espíritu del decreto no es redactar un PE para darle agua a una vivienda, a la piscina de la vivienda. Eso con camiones cisterna de agua de soluciona.
-Si al menos fueran varias piscinas...


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