[207] ¿Puede un ingeniero técnico industrial redactar un estudio de detalle?

¿Puede un ingeniero técnico industrial redactar un estudio de detalle?
-mejor lo planteas por reducción al absurdo; puede un técnico en cuidados de animales de un zoológico sacarle una muela a una persona?
-Yo considero que no, y así lo he informado y lo ha ratificado mi secretario. No en tanto al título y competencias específicas exclusivas de nadie, pues legalmente no viene expresamente regulado, dado que el urbanismo es una materia multidisciplinar, pero si en relación a la formación específica conforme al contenido del plan de estudios de dichas titulaciones.
-Cosas peores se han visto
-¿En los programas de estudios de las titulaciones de ingeniería industrial hay alguna asignatura o tema sobre planeamiento?
-Claro, pero es lo que yo argumento algunas veces, que todos sabemos que se venden drogas ilegales, en las calles y a vista del público; cuando todos sabemos que es ilegal. Que estemos acostumbrados a ver cómo se incumple las normas, no legitima el que haya que dejar de cumplirlas.
-Tras la aprobación del RD por el que se declara el estado de alarma ¿Procedería la tramitación de una orden de ejecución de medidas urgentes de seguridad en un edificio que supone riesgo para las personas y viviendas colindantes? En caso afirmativo, ¿tendrían validez los plazos impuestos? En caso negativo, ¿Es la ejecución subsidiaria por parte del Ayto la única opción?
-por si te sirve por asimilación: recientemente pedí informe al Servicio Jurídico de Diputación sobre competencias de un ingeniero industrial para un proyecto de parcelación en suelo urbano consolidado de uso característico residencial. El pronunciamiento del mismo ha sido el que yo preveía: NO ES TÉCNICO COMPETENTE PARA ELLO.
-No había tenido tiempo de ver esta cuestión y es realmente dudosa pues el TS lleva desde hace algunos años invirtiendo la doctrina de la exclusividad por otra favorable a la libertad de titulación con idoneidad. La regla general es la de la no exclusividad y en cada caso habría que juzgar la idoneidad o inidoneidad de la titulación. Así que la situación es de una inseguridad jurídica brutal. Pues sin jurisprudencia del caso concreto es difícil pronunciarse son riesgo a equivocarse
-totalmente cierta tu reflexión...
-Gracias 

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