[083] CUMPLIMIENTO POR EQUIVALENCIA ART. 51 RDU

-A ver compañeros, habéis tramitado por el art 51 de RDU algún exp. Cumplimiento por equivalencia?
-Nosotros sí aplicamos el artículo 51, hacemos una valoración después de incoar expediente de protección de legalidad.
Era un caso de exceso de superficie construida en un patio trasero. Se justifica artículo 48, ppio. proporcionalidad y para la resolución se planteó la indemnización sustitutoria.
Se remite a la ley de suelo estatal, valoramos aprovechamiento conforme art 59 LOUA y art 22.1 del Reglamento de Valoraciones.
-Si, gracias. Tbn entiendo que la justificación de que no se puede restituir la legalidad urb alterada es difícil? .....Tbn creo complicado la valoración. Y que se acepte la misma sin reparos.

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