-Para la tramitación de un proyecto de urbanización de un PP aprobado, se otorga licencia de obras o solo una autorización de ejecución de las obras? Y por otro lado, si no es una licencia, se les aplica pagar el ICIO o solo tasas urbanísticas? Nosotros no tenemos ordenanzas reguladoras de PU
-PU no sujeto a licencia. Tiene aprobacion especifica....
-Aplica LOUA y en defectonde ordenanza loa reglamentos 78 en lo que no se opongan...
-Gracias!
-La dirección facultativa de la obra de un proyecto de urbanización requiere dirección de ejecución? O solo dirección de obra?
-Al no estar en ámbito LOE (art. 2 Ley 38/1999) la dirección facultativa del PU la ejerce el arquitecto o ingeniero CCP sin D.E.
-👍🏻
-Si no tenéis ordenanza ojo que el Reglamento remite a su tramitación conforme a la de los planes parciales y el TRLS15 exige información pública. No se si has tenido en cuenta también la tramitación ambiental
-Un proyecto de urbanización, tramitado por particulares, no deja de ser una obra pública municipal, con aprobación del órgano competente, y, por ello, no genera impuesto de Construcciones, aunque la ordenanza puede fijar una tasa específica por tramitación, que no es la de licencias.
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