[577] Antiguos planes especiales de ordenación y adecuación paisajística

A-En nuestro PGOU vigente se recogen las fichas de determinados espacios libres y zonas verdes existentes en suelo urbano a desarrollar mediante planes especiales de ordenación y adecuación paisajística. Dicha ficha no tiene recogido el aprovechamiento del subsuelo. Si se quisiera implementar un aparcamiento subterráneo bajo este parque consideráis que podría hacerse de forma directa mediante la DT3ª con la tramitación del plan especial o que sería preciso modificar previamente el planeamiento por afectar al modelo de ciudad?
B-No creo que un PE de ordenación y adecuación urbanística, pueda tener como objeto implementar aparcamientos en el subsuelo de una zona verde. Entiendo que es más adecuado la tramitación un PE de equipamientos (art. 93.3.b) del Reglamento), siempre que estos aparcamientos se puedan considerar como tales equipamientos.
A-Pero entonces sería hacer dos planes especiales en un mismo suelo? O modificar a ficha para que incluya los dos?
B-Igual se podrían refundir en uno sólo PE, incluyendo ambos objetivos y justificaciones. No estoy seguro.
A-Estoy pensando que en el art 93 habla de los planes especiales en general y el objeto puede ser cualquiera de las letras por lo que según DT1 L se podría desarrollar como plan especial sin ponerle “apellidos” al mismo.
C-De acuerdo, y el objeto se defina en el la memoria
D-En mi opinión los Planes Especiales del 93.3.e) son los que pueden ordenar sistemas generales de este tipo, si bien no veo tan claro que puedan incorporar usos no previstos que en su caso comporten aprovechamiento (si es el caso). Los del 93.3.n) han de ser en remisión del instrumento de ordenación urbanística que corresponda. Además el 93.4 viene a "advertir" creo yo que no se debe uno extralimitar con los planes especiales, y si la "finalidad pretendida" no es incorporar ese tipo de aprovechamiento, creo que "lo más prudente" es modificar la ficha para que el PE pueda legítimamente ubicar ese aprovechamiento (no crearlo de la nada) o bien ordenarlo directamente en la Modificación. La DT3ª no indica nada de los sistemas generales me parece (no sé si ese SG tiene clasificación o está excluido), y más bien estaría quizá en la DT2ª de la LISTA, y por tanto modificación de PGOU conforme al 121 del RG. Una opinión
A-En realidad no va a tener aprovechamiento porque sería una dotación municipal. No considero que sea un sistema general sino local.

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