[501] Resumen ejecutivo en estudios de detalle

A-El artículo 62 de la ley LISTA, recoge los documentos que se deben incorporar a los instrumentos de ordenación urbanística independientemente de si estos son Planes Generales o estudios de detalle. Es por este motivo que en el referido artículo se exige la documentación a incorporar ".../... en función de su alcance y determinaciones.../...".
De hecho ciertos estudios de detalle pueden llegar a ser considerados que por sus características de alcance y determinaciones no tendrían por qué incluir documentos tales como un estudio económico financiero, un informe de sostenibilidad económica y una memoria de viabilidad económica como se recoge en el referido artículo.
Por este mismo motivo también sería cuestionable la exigencia de requerir un resumen ejecutivo en todos los estudios de detalle con memorias de tan poco contenido que una ausencia de dicho resumen no perjudicaría a ".../...la participación y consulta por la ciudadanía.../..."
¿Que opináis?
B-Que, efectivamente, una vez puestos …
C-Me parece lo lógico.
D-Totalmente lógico, y es ampliable a todas aquella modificación de artículo de las normas urbanísticas que, por su escasa entidad, le es innecesario la inclusión de resumen ejecutivo.
Recuerdo un caso en el que modificamos la altura máxima del cerramiento de parcela en suelo urbano en 50 cm, y a petición de la Secretaría de Ayuntamiento le tuvimos que incorporar el Resumen, que no hacía otra cosa que repetir el documento de la modificación en sí; algo totalmente superfluo.
E-Estoy de acuerdo, yo los incluyo (a regañadientes) para evitar conflictos, no porque tengan sentido. Pero no hay nada que guste más a sus señorías que una nulidad por defecto de forma (así se evitan entrar en el fondo).
B-Mejor no dar opción a la discusión
Un ejemplar con la carátula y portada cambiadas: Resumen Ejecutivo
F-Aun cuando el 62 LISTA exija el resumen ejecutivo "en función de su alcance y determinaciones", el 25.3 TRLS estatal lo exige en todo caso para los instrumentos de ordenación urbanística. Y aunque los ED sean instrumentos complementarios de ordenación urbanística, más vale incluir resumen ejecutivo, aun como dice Eduardo
B-Hay que ser prácticos
G-Estoy de acuerdo con ambos. A nosotros tb nos insisten desde la Secretaria por remisión al TRLS estatal referido y diversas sentencias, e incluso incorporar reseñas al Estudio Económico Financiero, Memoria de Sostenibilidad Económica y de Viabilidad en innovaciones menores, como apuntáis, aunque sea para justificar q son inocuas... En algún caso reciente de innovación en suelo urbano hemos recibido alegación por no incorporar la memoria de viabilidad, aún cuando resultase innecesaria por el objeto y alcance de la misma. Más vale prevenir q curar
F-La reseña sobre innecesariedad de estudios económicos en ED la pongo en el informe jdco, no en él documento
G-Gracias. Es lo lógico. Pero desde la Secretaría nos inciden en q en el documento ya se motive...
H-Yo, como secretaria, también pido que se justifique la innecesariedad de un documento en el ED.

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