[352] Visado de proyecto de línea eléctrica

-Consideráis que el proyecto de una línea eléctrica de media tensión debe ser visado??
Según la LOE se consideran conprendidas en la edificación (art 2.3) sus instalaciones fijas y el equipamiento propio. Por tanto, encontrandose las instalaciones de líneas eléctricas sometidas a exigencias de seguridad industrial conforme al RD 1000 /2010 están sujetas a visado obligatorio conforme al art 2.a) de la misma. Qué pensáis??
-No parece que un línea de media tensión (que seguramente sea una infraestructura que de servicio a más cosas) pueda adscribirse al 2.3 de la LOE como instalaciones fijas y equipamiento propio ni como elementos de urbanización adscritos a una edificación concreta, salvo que sea un caso muy especial.
-Entonces no necesita visado??
-Nosotros no lo pedimos visado por no entender que sea un proyecto de ejecución de edificación
-Según itc-04 REBT, no indica nada, solo proyecto
-Muchas gracias!!!
-Y una carpa colocada en un espacio libre para un evento ocasional debería estar visado? Lo que traen es el certificado de la empresa q la monta. Es de 40×60 metros para albergar unas 4000 personas. Piden licencia de instalación provisional
-¿y del fabricante? ¿Seguros?
-Si las dos cosas. Pero no traen proyecto visado
-No es obligatorio. Pero el certificado, igual qué el proyecto, ha de firmarlo un facultativo tecnico competente y colegiado, no la empresa. Aparte el SRC, claro.

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