[296] Licencia de obras para construir una piscina en un solar

-¿Tenéis alguna sentencia o normativa que permita el uso de piscina privada en naves industriales, almacenes, talleres, o similar? o directamente en un solar sin que exista nada más. En mi normativa no hay nada en cuanto a la construcción de piscinas de uso privado, y no sé si puedo aplicar aquello de "lo que no está prohibido está permitido"
-Normalmente, la construcción de piscina de uso particular va vinculada a la construcción principal que normalmente es residencial. No obstante, hay casos en los que se compran los solares y lo primero que hacen es la piscina. Entendemos que no hay problema siempre que esta y sus posibles instalaciones anexas cumplan con las ordenanzas de caracter general.
-Los solares están para edificarlos de acuerdo con el planeamiento. La piscina podría ser complementaria del uso previsto (supongo que hablamos de zona de uso vivienda), pero no único uso. Es como construir en el solar solo el trastero. Seria construcción inadecuada. Otra cosa es el "uso provisional de los solares" que permiten algunos planeamientos. Amparándose en ello se han hecho grandes adefesios presuntamente "legales".
-La piscina y el garaje son complementarios del residencial La piscina sola usos sería otro uso La ejecución y la utilización sería por declaración responsable y tendría acceso a la contratación de los suministros basicos
-Es impensable una piscina sin aseos, amén de vestuarios e instalación de zonas de sombra
-Se recoge en planeamiento la piscina como uso complementario? Y si no se recoge?
-Entonces no
-No es viable. Estoy totalmente de acuerdo con vosotros. No es compatible un taller de carpintería con una piscina, o un garaje agrícola. El PGOU no lo prohíbe porque en ningún momento habla de piscinas, pero el uso de una piscina privada tiene q estar vinculado al uso residencia. No hay otra.
-No creo que en una parcela de uso residencial, se pueda prohibir la ejecución de una piscina privada, si no está expresamente prohibido por el planeamiento. Hay que interpretar las normas pacíficamente, sin animosidad.
-Estoy de acuerdo. Yo he informado favorablemente varias licencias de piscina en solares de uso residencial sin existir siquiera licencia de vivienda. Y me han informado favorablemente también alguna en otros ayuntamientos. Tampoco he encontrado ninguna normativa de PG que lo prohíba expresamente, no debe ser habitual
-Si son usos compatibles, no son prohibidos, independientemente de cuál llegue primero. Por esa regla de tres tampoco se podrían hacer locales en planta baja si no se edifica el residencial encima.
-Estoy también de acuerdo, con una salvedad, hay normas que limitan el uso complementario a la existencia del característico, es decir que no puede ser alternativo, por lo que si no existe la vivienda, en esas normas no se podría permitir antes de ella, salvo que se justifique como dice Eduardo que es la "primera fase", pero claro eso sería un golazo si no existe algún tipo de compromiso de ejecución posterior de la vivienda.
-Curiosamente es el proceso habitual (especialmente en las parcelaciones ilegales) Adquirida la parcela (sin garantías y con pocos papeles, o ninguno) la familia la valla, prepara el suelo para el coche, construye un cuarto (almacén y trastero para la barbacoa y la paellera) y hace una alberca. La casa, ya vendrá después. En el mayor número de casos, todo eso se hace sin licencia.
-por si aporta algo os dire que suelo aceptar la construcción de cualquier uso compatible como primera fase de ejecución de un proyecto básico que incluir el uso característico principal de la parcela, con el cual se concede la licencia. El proyecto de ejecución de la fase se requiere para poder iniciar las obras.
-La cuestión era destinar el solar SOLO a la piscina sin mas ..... si construye la vivienda, entiendo que la piscina (a menos que existiera prohibición expresa) si se podría autorizar
-Mi problema es que los vecinos (porque tengo dos solicitudes y dos PLU) el uso de las edificaciones que quieren implantar en las parcelas es INDUSTRIAL, y la piscina se vincula al uso residencial, con lo que no encuentro la forma de informar favorable una licencia de piscina en un taller de aluminio, por ejemplo, o en un almacén agrícola
-En mi ayuntamiento pidieron licencia de piscina, me choco porque era muy pequeña, el objetivo era que la parcela tuviera luz y agua y montar un tema de autocaravanas, que por supuesto estaba prohibido.
-sigo pensando que no se puede denegar una licencia de piscina privada en una parcela de uso residencial, aunque no se haya ejecutado la vivienda ni se haya solicitado licencia de la misma, salvo prohibición expresa o limitación específica de ello en la normativa municipal.
-¿Y como contratan los suministros para piscina?
-¿Con DR de ocupación ?
-Con DR Utilizacion
-Eso cuando el uso es distinto del residencial y está autorizado en el planeamiento .... como un local
-Para una piscina privada también; lo tienes en la pag 46 de la Guía Práctica
-Si lo se
-Yo siempre he entendido la piscina como equipamiento de la vivienda y asi me lo han indicado en el Colrgio de Arquitectos
-Y que ademas requería proyecto
-La guía práctica de la Junta la incluye con DR, que entiendo debe estar acompañada de una memoria técnica, pero no necesariamente de un proyecto. En muchos municipios, incluido el mío, están consideradas como obras menores.
-Aqui pedimos DR con proyecto
-Es curioso, un tema, que podríamos llamar menor, y la cantidad de variantes
-Pues ahí disentimos .... para mi seria una edificación inadecuada .... los solares están para edificarlos, en plazo y de acuerdo con su destino.

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