[233] Licencia de ocupación a edificio fuera de ordenacion

-Pensáis que se puede conceder una licencia de ocupación/utilización a una edificación en Fuera de Ordenación totalmente incompatible, en un SUNC sin aprobación del proyecto de urbanización, y sin visos de aprobarlo? Prevalece el hecho de estar en Fuera de Ordenación sobre la prohibición de conceder licencias en SUNC? O se podría hacer mediante una licencia provisional?
-¿fuera de ordenación ASIMILADO O LEGAL?
-Si es asimilado no procede la licencia de ocupación, si es legal, la tiene, aunque con la aclaración de que está en situación legal de fuera de ordenación
-esté en el suelo que esté
-siempre que el acto prescriba y puedas tramitar AFO, claro
-Es FO. Situación legal
-Yo entiendo que la licencia de primera ocupación la tiene, no se tienes que conceder, y al mismo tiempo se encuentra en SLFO, incompatible con la nueva ordenación.
-Efectivamente, si es FO ha de tener la licencia correspondiente, salvo que fuera anterior a 1975...
-Si requiere una adaptacion de uso, hay que analizar el tema en profundidad
-Es anterior a 1975 y no la tiene
-No obstante, es SUNC. La realidad es que, al menos en mi municipio, las compañías suministradoras en un pasado no muy lejano, no le pedían prácticamente nada para darles el suministros, y los vecinos no iban ni a sacar licencia de ocupación/utilización
-Si es anterior puede obtener licencia....
-Yo tengo un caso similar pero en SUrble, han pedido licencia de obra menor, para acondicionar la vivienda construida con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1975, porque estaba abandonada pero no en estado de ruina urbanística, a priori. Les he denegado la licencia, hasta tanto en cuanto no se certifique la situación legal de fuera de ordenación y posteriormente deben aportar Proyecto Técnico que contemple las obras y además garantce las medidas de seguridad y habitabilidad conforme al DL 3/2019. En mi caso entiendo que tienen que volver a pedir Ocupación, en esta ocasión por DR, conforme al DL 2/2020. Espero que te sirva de aclaración. 
-Estoy pensando plantearlo como una licencia provisional, dada la incompatibilidad con el PGOU, al estar sobre un suelo dotacional

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