[231] Vallado de vivienda en suelo no urbanizable

-Se puede realizar un vallado en SNU de los alrededores de una vivienda, sin que se cierre toda la parcela catastral? O se tendría que vallar las lindes de la parcela catastral? Y en el caso de que se haya vallado solo la vivienda, eso supondría una parcelacion urbanística??
-Vallar solo una parte de la finca no entraría en los actos reveladores de posible parcelación urbanística, según el art. 66 de la LOUA. Personalmente no le veo inconveniente desde ese punto de vista.
-En nuestro PGOU lo tenemos regulado y está permitido, un vallado no parcela
-He estado mirando algunas Ordenanzas y en la de Estepona se permite para proteger la vivienda.
-En la licencia de vallado hay que dejar claro que no ampara ningún acto de parcelacion y debe justificarse en el informe del técnico municipal.
-mismo pienso yo. Podría ser un acto inherente al derecho/deber de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles... 
La parcelación urbanística exige, además del loteo o utilización privativa de partes, la inducción a formación de nuevos asentamientos, cosa q un vallado por si mismo, no ha de suponer tal condición. Habría q valorar el contexto y contorno en que se solicita (colmatación, ocupación, situación o regimen jurídico de la edificación, otorgamiento de Declaraciones FO u AFO, concureencia de licencias previas, etc)
-también lo he estado mirando. Creo que es una edificación en AFO.. Todavía no me lo han confirmado. Pero si no tuviera aún declaración, pienso que el vallado realizado no se podría legalizar hasta que no se regularizara la vivienda.
-Entiendo que todo el mundo tiene derecho a vallar su parcela, siempre que no de lugar a una parcelación.
-El cerramiento de parcela es por los linderos, todo propietario tiene derecho a cercar su propiedad, código civil, cualquier otro que encierre terreno, yo lo considero indicio de parcelación
-Por qué es indicio de parcelacion??
-Dividir una parcela en dos
-Estudiando el caso.. Puede que si, porque ha vallado la vivienda sin pedir licencia y ahora quiere legalizar el vallado. Aparte de que hay viviendas cercanas y está muy próxima al núcleo de población.
Cada vez tengo más dudas
-Yo creo q a la vista del DL 3/2019, en el que segun las preguntas frecuentes de la Junta de Andalucía relativas a esa disposicion legal, el AFO 'arrastra' a la parcela y puede usarse el vallado de la misma (el que tenga) como la parcela vinculada a la edificación, debe entenderse que conlleva una presunta parcelacion urbanistica que hay que evitar, aunque se haga con la sola intención de vallar interiormente por defensa de la edificación.

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