[682] Actos previos a declaraciones responsables

A-qué criterio seguís en el control posterior de DRs de obras en edificaciones existentes en SR y SU ¿Exigís regularizar jurídicamente (CGD, AFO, EX LEG, etc) la edificación antes de permitir las actuaciones declaradas en la DR?
B-Es lo más lógico
C-Nosotros lo hacemos.
Entre otras cosas por saber que régimen es el aplicable a la DR para el control
D-Si no tienen regularización previa, están en la situación descrita en el art.173.3 de la LISTA (o peor aún si no ha prescrito) y no procede obra alguna.
E-Hablamos incluso para obras que no requieren intervención de técnico?
F-En mi Ayro de todas las DR siempre
C-Como dice D estaríamos ante edificaciones irregulares y en ellas no se permite ninguna obra
D-Obras son
E-Coincido con vuestros criterios

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