[334] Licencia de obras para talar un árbol en una acera

-Sabéis si es necesario informe previo de tala árboles en acerado, no protegido, perdonad, pero x lo q veo en municipios grandes eso se gestiona x el departamento de Medio ambiente, pero en pequeños municipios, todo recae sobre el mismo , muchas gracias
-En tus normas pone algo?
-Si es suelo urbano lo que pongas tus normas
-Es acerado publico
-En nuestras normas sometidas a licencia en suelo urbano
-Es acerado público, las normas indican sustitución, no es protegido el ejemplar, pero están pidiendo a los ciudadanos "preceptivo informe técnico" cosa q de verdad tras investigar y ser dominio público municipal no hay nada
-arboles de acera vamos
-Las raíces están lo levantando todo, son parecidos a los arcos canadienses, q quedarán x naranjos
-Pues informe de los daños de ocasión hacer mención de no protección y listo
-¿Quién posibilita la tala de los árboles y porqué?
-A nivel político x reclamaciones de vecinos, en algunos casos sin ser x escrito, entendiendo q si hubiera departamento de Medio ambiente lo debería resolver este, pero al no existir y ya realizado la tala, encasquetado a urbanismo. Muchas gracias x el interes
-La busqueda de la apariencia de legalidad
-La respuesta es clara. El ayuntamiento no necesita licencia alguna para cortar los arboles del acerado, y si cabe tampoco tiene que dar explicaciones de todos los actos de organizacion. Sería el caso de tener que explicar por qué se prohíbe aparcar en una zona determinada.
-No se yo si hay que consultar con Medio Ambiente o el Consejo Consultivo, tras el preceptivo plazo de alegaciones al árbol en cuestión...
-¿antes o después del apeo?
-Ya mismo, en otra ley, se definirá como "ser sintiente", como los animales...
-... ¿es en serio?
-"sintiente" y "silencioso"
-Y resistente

No hay comentarios:

Publicar un comentario