[172] AFO afectado por via pecuaria

-Tramitar si, reconocer ya se vería...
-Hay sentencias (pocas) que hablan de las licencias de edificación en vías pecuarias, distinguiendo la situación del deslinde o su ausencia.
-Si. Depende de como se considere el deslinde, declarativo o constitutivo, la solución cambiaría radicalmente...
-Sobre vía pecuaria no prescriben las construcciones, conforme al 185.1.A al tratarse de SNUP-L dominio público 46.2.a y .1.b, por lo que no se da el supuesto para ser AFO.
-La vía pecuaria es la carretera?
-No confundir un dominio público artificial deslindado o no, con una clasificación del suelo de un instrumento urbanístico que puede existir o no.
-Actualmente, como afirma Perez Andres, se ha de entender como un acto declarativo, por lo que el dominio publico existiria antes de su deslinde y, por lo tanto, no podria prescribir la acción contra la edificación irregular. Además, no se podría inscribir por el 28.4.a del TRLS, al suponer una invasion de zona de uso público...
-Efectivamente, sin hay duda no procede el AFO, no obstante, podría estudiarse en legajos antiguos si es posible determinar el eje de la vía pecuaria y si está a más de 37,5 del cerramiento de la parcela, entiendo que se podría justificadamente.
-Eso ya es para nota 
-En caso de no haber una cierta exactitud o seguridad no quedaría otra que realizar el deslinde o no hacer el AFO
-Sobre este tema es interesante ver las Sentencias de TSJ de Granada n 691/2003 y la n 205/2009, que se refieren a licencias de obras sobre vías pecuarias.
-Puedes indicar números recurso y sala?
-Hay un factor que no se ha tenido en cuenta; pues, si estaba acabada la edificación hace treinta años, la prescripción urbanística es por el TR-LRSOU-76, de un año; que sólo no prescribía en zonas verdes. La prescripción del suelo de las vías pecuarias no se puede dar por art. 132.1 CE. El aumento de la prescripción urbanística a cuatro años y no prescribir en SNUP fue por LR-LRSOU-90; por lo que muchos actos habían prescrito.
-Es importante saber si esta clasificada como suelo de especial protección en el planeamiento municipal vigente. Yo tengo un informe donde SI SE TRAMITA AFO, de los servicios centrales. Es cierto que era con el antiguo decreto, y no he revisado si cambiaría algo con este
-Yo tengo las sentencias, y tendré el placer de ver con detalle ese expediente.
-Hay sentencias (pocas) que hablan de las licencias de edificación en vías pecuarias, distinguiendo la situación del deslinde o su ausencia.

1 comentario:

Gmsarquitectura dijo...

Gracias por compartir toda la información tramitación licencia obras

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