-En una información urbanística debe contener si existen expedientes disciplinarios en tramitación o solamente los parámetros urbanísticos y los usos?
-Yo lo incluyo todo. Puede afectar a la situación jurídica del inmueble.
-Si, así lo entiendo yo tb. Gracias.
-Si se trata de cédula urbanística, puede estar regulado si contenido por ordenanza, también a veces por el PGOU directamente. En su defecto art. 40 de la LOUA dice "y demás circunstancias urbanísticas". Ahora bien, y esto desconozco si existe consenso, que habrá una limitación de los datos en materia sancionadora, que no sea estrictamente urbanístico y por tanto no público?
-Nosotros informamos parámetros urbanísticos según PGOU pero advertimos, si detectamos edificaciones, que están sujetas al régimen jurídico que les sea de aplicación según D. 3/2019 y LOUA.
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