-Telefónica solicita informe de compatibilidad urbanística para infraest. de fibra óptica. Parte de ese cableado discurre por infraestructura existente, pero otra parte es nueva. Además tenemos nuevo cableado por SNU. ¿Sería necesario proyecto de Actuación para esta parte?
-En principio haría falta PA; no sería necesario la aprobación de un PA si, tal como enuncia el 52.1.B de la LOUA, la infraestructura, servicio, dotación y equipamiento público que se pretenda implantar está "expresamente" permitidas x el PGOU o Plan Especial de desarrollo. No obstante, hay que leerse muy bien el art. 34 de la Ley 9/2014 General de Telecomunicaciones.
-Adjunto esta guía, se ha redactado para las administraciones locales. A mi me ha servido mucho. Yo he informado ya varias, en suelo urbano, y en no urbanizable.
En mi municipio, al NO ESTAR EXPRESAMENTE PERMITIDO, y además estar en suelo no urbanizable, y por vías pecuarias y suelo de especial protección, atraviesa a A92, una línea de ferrocarril, y afecta a tres municipios y dos provincias, es UN PLAN ESPECIAL, con EAEstratégica, una locura.
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