A-No tenemos claro en mi Ayuntamiento como es el procedimiento para contestar a las alegaciones a la AI de un ED de iniciativa privada.
Entiendo que el redactor debe pronunciarse antes de que se emitan los informes municipales.
B-Correcto, es el promotor quien ha defender el trabajo y el Ayto acepta, corrige o corrobora
C-Cierto. En la práctica lo que hacemos es que se envía el escrito de alegaciones al promotor del expediente dándole audiencia para que conteste y, con ambos escritos de alegación y de contestación a dicha alegación, los informes propondrán estimar o desestimar (total o parcialmente) la alegación y ello se plasmará en el acuerdo plenario de aprobación definitiva.
D-En nuestro municipio también procedemos así, previo a la emisión del informe municipal.
E-Parece lo razonable y creo que es la práctica habitual. Otra cosa sería “suplantar” al promotor
No hay comentarios:
Publicar un comentario