A-En el PGOU de Cádiz delimita unas áreas de incremento de aprovechamiento, y les asigna una ficha en las que determina usos y edificabilidad sobre y bajo rasante (estaríamos en una actuación de dotación en SUNC (LOUA) o en una ATU de mejora urbana en términos LISTA).
En una de ellas en concreto, permite un solo sótano, pero no se pone objeción a que se construya un segundo sótano, entre otras cosas porque si no, es imposible cumplir la dotación mínima de ga-raje exigida en las NNUU.
En cuanto a los AAUU que se consumen en ese segundo sótano, ante con la LOUA cabría la dis-cusión de que ese aprovechamiento urbanístico es del Ayuntamiento (por aplicación del 49.3 “Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el instrumento de planeamiento no precise el aprovechamiento atribuido al subsuelo, éste se presumirá público”) y que tendría que abonarse el 100% y no el 10%, aunque mi postura fuera que sólo 10%, pues la dotación mínima de garaje también es una exigencia del instrumento de planeamiento.
Pero ahora con la LISTA, desaparece esa atribución de que el aprovechamiento del subsuelo es público, o al menos yo no la encuentro y la cesión sería del 10% en todo caso. El art. equivalente al 49.3 de la LOUA sería el 15.3 de la LISTA:
3. El uso urbanístico del subsuelo se acomodará a las previsiones de los instrumentos de ordenación y a las leyes aplicables, con las limitaciones y servidumbres que requiera la protección del dominio público y la implantación de infraestructuras y servicios técnicos, así como a la preservación del patrimonio arqueológico, quedando en todo caso su aprovechamiento subordinado a las exigencias del interés público
B-Si me decís que se ha debatido en otro hilo lo busco y lo retiro. Gracias
C-El Reglamento habla extensamente de los aprovechamientos del subsuelo, sobre todo en lo que se refiere a la reparcelación, llegando a decir incluso que cuando los aprovechamientos urbanísticos del subsuelo no estén expresamente desvinculados por el proyecto de reparcelación, se entenderán atribuidos al adjudicatario de la parcela.
A-Sí lo había visto. La "duda" era si el aprovechamiento del Ayto es el 100% o el 10%. Gracias
B-Al desaparecer la presunción de aprovechamiento público en la LISTA, en todo caso correspondería sólo el 10%, pero incluso esto sería discutible si en la reparcelación no se ha previsto.
A-Pienso igual, muchas gracias
C-Entiendo que la cesión de aprovechamiento urbanístico al Ayuntamiento no puede depender si está previsto o no en la reparcelación. Es una obligación derivada de la CE por "participación de la colectividad en las plusvalías". Otra cosa es si la edificabilidad del subsuelo computa o no, y por tanto, tiene aprovechamiento urbanístico o no.
Lo que la LISTA quería introducir era que si hay parcelas con derecho a edificabilidad en subsuelo y otras que no tenga ese derecho, entonces esa edificabilidad del subsuelo debe tener aprovechamiento urbanístico, entrar en el reparto y cesión al Ayuntamiento.
Otra cosa es lo que se haya puesto en el Reglamento...
A-Gracias, de tu contestación entiendo que siempre se trata de una participación en las plusvalías como dice la CE y como recoge el régimen estatutario del suelo recogido en el TRLSRU y la LISTA. Que en este caso, para un SUNC en términos LOUA, es el 10% y nunca del 100%. El 100% supondría una confiscación de las plusvalías y no una participación en ellas, ni si quiera una expropiación porque no media indemnización ni causa justificada de utilidad pública o interés social.
En cuanto a que compute o no, en las fichas de SUNC del PGOU de Cádiz sí aparecen los sótanos de aparcamientos como consumidores de aprovechamiento urbanístico. Si bien, en las NNUU, el uso de aparcamiento bajo rasante no computa. De ahí que la duda primera es que si se construyen dos sótanos en vez de uno que estaba previsto en la ficha, aunque no compute, ¿hay que ceder el 10% del aprovechamiento que consuma?
C-Aunque no deberíamos entrar en casos concretos, lo ese PGOU es una contradicción que debía corregirse. En definitiva, si una edificabilidad computa (este bajo suelo o sobre suelo) tiene aprovechamiento urbanístico, y al Ayuntamiento solo le pertenece un porcentaje por las "plusvalías" de la CE. He visto hasta casos de incrementos artificiales de aprovechamiento en un área de reparto, que entiendo que no puede ser. (aunque sarna con gusto ...)
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