[665] Certificado de no existencia de expediente sancionador

A- Ha llegado a mi ayuntamiento petición de un particular de un Certificado de no existencia de expediente sancionador.
Aquí se está trabajando con la plataforma MOAD desde el año 2021, y es a lo más antiguo que puedo llegar, puesto que antes cada cual trabajaba en su ordenador y pese a haber un disco compartido, no hay una “estrategia” común de cómo guardar los expedientes por lo que debería ir viéndolos uno a uno.
¿Cómo habéis hecho vosotros en casos similares?
B- Supongo que el personal administrativo se podrá encargar de esa gestión, y emitirte un informe.
C- Cuando todo estaba en los archivos, en papel, preguntaba al personal del ayuntamiento, administrativo, secretario, etc...al mismo tiempo q hacía el informe lo escaneaba y guardaba. Los archivos municipales, aunque pésimamente conservados, en algunos casos, deben existir ¿no?
D- Sin duda. Es un relato de vida
E- Nosotros emitiamos un certificado específico con las advertencias procedentes, pero hemos decidido que acorde con el RGLISTA, artículo 3, le emitimos una cédula urbanistica donde el mismo obliga a incluir la existencia bo no de expediente de restablecimiento by sancionador.
F- Yo hago certificado indicando si existen o no procedimientos sancionadores desde una fecha concreta: la de aplicación de la plataforma informática de gestión documental que tenemos (2013)
A- Perfecto! Eso es lo que he acabado haciendo yo. Gracias
G- Y si hubiese algún expediente de disciplina urbanística abierto por otra administración u organismo?
(Junta de Andalucía) Y el Ayuntamiento no tuviese conocimiento.
H- En mi ayuntamiento estos certificados siempre incluyen la coletilla de que salvo error u omisión en la base de datos no se ha encontrado ningún expediente.
I- nosotros hacemos certificado revisando las actas de inspección de los últimos seis años, desde la solicitud, e indicamos que no consta abierto por nuestro Ayuntamiento, salvo error u omisión. 

1 comentario:

JosemiRH dijo...

Nosotros desde urbanismo pedimos informe a archivo, informe a asesoría jurídica, comprobamos que en nuestro propio departamento conste o no el expediente, y con todo eso elaboro un informe que envío a secretaría que es la que debe certificar.

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