[217] Informes sectoriales de planeamiento fuera de plazo

Respecto a la tramitación del planeamiento, mientras no tengamos criterios claros de las administraciones que emiten informes sectoriales por ley, y sobre todo cuando es estatal, como la de aguas, da igual lo que diga la ley andaluza. Conseguir el informe de la confederación es una quimera, y cuando lo tienes (en nuestro caso llegó el 21 de abril y lo pedimos el 8 de noviembre) viene con pegas, y dicen que no lo pueden emitir y exigiendo cosas, a mi entender y a la del ingeniero que ha hecho el estudio hidráulico, desproporcionadas, con mucho detalle para la fase de planeamiento, y para colmo saltándose la interrupción de plazos por el estado de alarma. En fin, para darse cabezazos contra la pared Perdonad, pero me tenía que desahogar porque es desesperante
-Te entiendo perfectamente. Dan ganas de coger por el cuello a alguien.
-Es ciertamente desesperante.
-Está claro que la agilización de la tramitación del planeamiento no depende de la Ley del Suelo, sino de los tramites de informes sectoriales, y eso dificilmente se va modificar
-Aunque se fijen nuevos plazos, si no hay silencio positivo no hay arreglo
-La única solución seria establecer un sistema de plazo maximo con silencio, y sin artificios de expedientes incompletos....
-A eso me refiero. Todo lo que no sea eso es ganas de engañarse
-En aguas el silencio era positivo y fue modificada la ley pasando a negativo..
-Solo respecto a las materias de competencia exclusiva.
-Cierto
-Cierto, eso duró poco y se aprovechó para hacer “limpieza” en Aguas
-El silencio de ellos es negativo. Y tengo un municipio de 7 km2 atravesado de este a oeste por el Genil, y de norte a sur por 7 barrancos. Casi todo el suelo es zona de policía, servidumbre o cauce
-Por tanto, bloqueo absoluto
-Eso es. Y conseguir hablar con ellos es casi peor que con un ministro
-Son lentos y con criterios cambiantes y poco claros
-La regla general es el silencio positivo en los informes. Lo que ocurre es que el que emite el informe no cumple los plazos y “exige” que se espere al informe. Y el que tiene que resolver tiene miedo de hacerlo sin todos los informes.
-Otro asunto es el sentido del silencio positivo o negativo. Los negativos por norma sólo tienen sentido en materias de competencias exclusivas.
-En aguas, por ejemplo, son materias exclusivas el DPH y la zona de servidumbre de paso. En Costas similar. En Cultura el BIC y no el entorno. Etc.
-Olvidaba, recursos hídricos es también vinculante, y negativo por jurisprudencia...
-¿Telecomunicaciones?
-Vinculante sobre su materia, y creo silencio negativo por su Ley?
-Exacto, y alguno que otro más...
-Son muchos
-Incidencia Territorial es ahora vinculante. Lógico por ser competencia exclusiva
-Por eso, y perdonad mi insistencia, resulta un verdadero sudoku tramitar un planeamiento general.
Algo debería cambiar al respecto.
-Los técnicos y secretarios de los ayuntamientos pequeños estamos desbordados; no estaría nada mal poder solicitar la transferencia de esa competencia a la administración autonómica.
-Como decía Machado: “se hace plan al tramitar”, o era camino? 🧐
-Hay materias que son mas propias de la ordenacion del territorio que del urbanismo como la cuestion hidrica y debiera estar regulada por figuras supramunicipales y no dejarlo todo a los PGOUs
-totalmente de acuerdo
-En verdad, el reparto del agua lo hacen los Planes Hidrológicos, en los que no alegamos y luego sufrimos...

[216] Gestión de licencias de obra y establecimientos en Andalucía con especial referencia a las edificaciones irregulares


Me gustaría preguntaros si alguno ha realizado la actividad formativa del CEMCI, y dispone de la documentación, denominada: Gestión de Licencias de Obra y Establecimiento en Edificaciones irregulares, realizado en Granada en noviembre de 2019.
Me gustaría y necesito profundizar en el régimen de autorización de actividades en edificaciones irregulares en SNU. 
Conocéis alguna otra referencia doctrinal o estudio tecnico-juridico al respecto? 
La cuestión es recurrente tras el DL 3/2019 y no es baladí. 
-a ver si te sirve
-Gracias
-recordar los cambios que a eso introduce el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo...
-Estudiaremos su contenido a ver qué puede arrojarnos de luz, sobre todo, en el tratamiento de las actividades sobre edificaciones irregulares en SNU.

[215] Primera ocupación por declaración responsable

-El Ayuntamiento se acoge al decreto de la Junta de simplificación administrativa aprobado el 2 de abril.
-Sevilla ya lo está haciendo
-Poca vida le queda ya al último DL, pues, cuando el TC admita el recurso del Gobierno, quedará suspendido e inaplicable.

[214] Impacto de género en una innovación del PGOU

-Una innovacion del PGOU, debe someterse a Evaluación de Impacto de Genero? El PGOU no esta adaptado a genero...
-La ley 30/2003, se aplicará los proyectos de ley y reglamentos que apruebe el consejo de gobierno
-he estado viéndolo y tb afecta a proyectos de ley, disposiciones reglamentarias y planes aprobadas por el consejo de Gobierno de la Junta de Andalucia, art. 6 ley 12/2007, y aquí entran las territoriales y urbanisticas. De hecho se recurrio al TSJ el POT de la Costa del Sol Occidental de Malaga.
-El informe de impacto de género es obligado a los planes que aprueba el Consejo de Gobierno de la JA, no a los planes urbanísticos que aprueban las CTOTUs o Consejera. Ni a los planes que aprueban los Ayuntamientos.
-Cuestión distinta, como dice el Supremo, es que no se puedan recurrir si se demuestra que no se ha tenido en cuenta “el género”.

[213] Proyecto de actuación para cableado de fibra óptica por SNU

-Telefónica solicita informe de compatibilidad urbanística para infraest. de fibra óptica. Parte de ese cableado discurre por infraestructura existente, pero otra parte es nueva. Además tenemos nuevo cableado por SNU. ¿Sería necesario proyecto de Actuación para esta parte?

[212] Proyecto de actuacion en suelo urbanizable no sectorizado

-En un suelo urbanizable no sectorizado industrial, se puede legalizar una almazara mediante proyecto de actuación?
-Si. Yo tuve un caso parecido, adjunté un convenio en el que el promotor se comprometía a incluir la industria existente en caso de desarrollar el sector. Habria que ver el caso, pero en principio si...
-O derribarla sin compensación, si no se ajusta a la futura ordenación
-No se me ocurrió poner eso expresamente. Pero esta muy bien traído