[622] Valoración económica por ocupación de suelo por lineal aérea de media tensión

A-Nuestro Ayuntamiento precisa ejecutar una línea aérea de M.T para dar servicio a un nuevo centro de transformación junto a un pozo de captación de agua para abastecer al municipio, habiéndose declarado como una obra de emergencia.
El trazado (incluye postes y vuelo aéreo) discurre por suelo rústico y afecta a parcelas de varios propietarios privados. Un paso también afecta a una carretera de Diputación.
Estamos preparando los documentos para que dichos propietarios nos permitan colocar los apoyos y el paso de la línea aérea.
Necesitamos valorar económicamente la servidumbre (no sé si expropiación) que ocasiona dicha instalación para incluirla en el acuerdo.
La Junta de Andalucía tiene unas tasas tributarias propias, o canon, por ocupación, entre otras, de vías pecuarias, basadas en la Ley 8/1997, de 23 de diciembre (medidas tributarias...fianza de arrendamientos y suministros), que no sé si podríamos utilizar de referencia...o si legalmente debemos valorar la ocupación de la línea aérea (ancho material afectado) utilizando el TRLS y el reglamento de valoraciones…
B-No es este el camino en este caso, pues el que la Junta haya establecido unas tasas por ocupación sobre los bienes de dominio público que administra, no tiene nada que ver con el tema. En éste caso, hay que aplicar los métodos previstos en la Ley de Expropiación Forzosa y con las simplificaciones reiteradas, en caso de implantación de servidumbres legales, admitidas por los Jurados o Comisiones Provinciales de Valoración. Lo habitual para las líneas eléctricas aéreas es expropiar los terrenos ocupados por los apoyos (postes) y su cimentación, más una indemnización del 30% de la propiedad (40% al 60% para enterradas de agua, gas o electricidad) en una banda del recorrido con unos 5 m a 15 m, según la tensión de la línea MT o AT, por los perjuicios actuales y futuros de la servidumbre. Hay que tener en cuenta que bajo la línea aérea no se puede ni edificar ni plantar árboles, conforme al Reglamento correspondiente del sector eléctrico, para evitar accidentes por descargas accidentales.

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