A-Estoy con una duda urbanística importante que surge con la entrada en vigor de la LISTA.
Anteriormente, con la legislación estatal (Ley del Suelo), el Reglamento de Planeamiento y la normativa urbanística andaluza previa a la LISTA, era obligatorio prever usos terciarios comerciales como dotaciones en los instrumentos de desarrollo (planes parciales, etc.). El PGOU de Málaga, desarrollado bajo la LOUA, incluye numerosos ámbitos de Planeamientos Aprobados (PA), basados en esas reglas, con parcelas ya asignadas a ese fin.