[592] Modificación de la ordenación de volúmenes

A-En Estudios de Detalle en parcelas de un mismo ámbito de suelo urbano no sometidas a ATU, donde se pretende “modificar” la ordenación de volúmenes ya establecida por el IOU-D, donde , sin alterar los parámetros “globales” de edificabilidad, número de viviendas, aprovechamiento urbanístico, ni afectar negativamente a las dotaciones o a otros suelos no incluidos en el ámbito, se propone una “redistribución” parcelaria y del propio viario local. Es decir, se “relocalizan” parcelas lucrativas y dotacionales y se modifican sus condiciones de edificación, si bien se siguen cumplimentando los valores globales antes reseñados, establecidos para el ámbito.
Esta “redistribución o reordenación” ¿significaría no obstante, una “modificación” del uso urbanístico del suelo, que al no estar contemplado en el apartado c) del art. 94.2 del Reglamento General de la LISTA, inviabilizaría la “reordenación” propuesta?
Me gustaría conocer vuestras opiniones.

[591] Acrónimos del Reglamento

A-Como una de las funciones de este grupo es armonizar la terminología que usamos, me gustaría unificar el acrónimo del reglamento. Yo he venido utilizando RLISTA desde su aprobación, pero cada vez veo un mayor uso de RGLISTA. ¿Cuál os parece más adecuado?